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domingo, octubre 19, 2025

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Situación jurídica y legislativa en Colombia

Nos tenemos que remontar al año 2010 cuando realmente se inicia una persecución voraz, jurídica y legislativa, principalmente contra las prácticas taurinas, pero también contra todas las expresiones culturales con animales en el pais (coleo, corralejas, riña de gallos y cabalgatas). Esto debido a que el otrora alcalde de Bogotá y hoy presidente de la República, impidió la ejecución del contrato de arrendamiento de la Plaza de Toros de Santamaría. Esto, coincidencialmente, en el justo momento cuando se iniciaba el debate jurídico en relación a la protección de las tradiciones artísticas y culturales ( C-666/2010 de la Corte Constitucional ) vs. la ley de protección animal, la cual también se acababa de aprobar, pero con la excepción de las practicas tradicionales con animales ya mencionadas, finalmente concluyendo que el Legislativo debía regular y morigerar las practicas tradicionales con animales para que ambas leyes no se contradijeran. Morigerar es reducir de alguna forma el posible “maltrato animal”, mas no significa prohibir, ni mucho menos acabar.

Por lo anterior, la Corte Constitucional pondera el carácter constitucional de la protección animal con el derecho y promoción pluricultural de la nación, en este orden de ideas, declara la exequibilidad del artículo 7o de la ley 84 de 1989, ordenándole al legislador (Congreso de la república) la regulación de estas actividades -corridas toros, rejoneo, riñas de gallos, novilladas, corralejas- acordes con la protección animal en la que determine qué acciones se determinan maltrato y si fuese el caso, lo insta a la determinar la prohibición de alguna de estas manifestaciones culturales que impliquen maltrato animal si considera que debe primar el deber de protección sobre la excepción que trata el artículo en mención.

Bajo las anteriores consideraciones se adelantaron en el Congreso de la República más de siete (7) iniciativas directas con el fin de prohibir las prácticas taurinas en el territorio nacional a lo largo de la ultima decada. Sin embargo, el más reciente proyecto de ley radicado por el gobierno Nacional en cabeza del Ministerio de Cultura y acompañado con la firma de varios congresistas afines al gobierno de Gustavo Petro infortunadamente tuvo éxito. Muy cuestionado entre otras por escandalos mayúsculos de compra de conciencias en el Legislativo por parte del gobierno, con dineros supuestamente logrados por una enorme y descarada corrupción dentro del ejecutivo. Prohibición para básicamente darle gusto a grupos radicales de los mal llamados “animalistas” y “ambientalistas”, muy afines a este nefasto gobierno, que nunca tuvieron en cuenta el verdadero daño que se le hace a la raza del Toro de Lidia y a su entorno ecológico, y mucho menos a los miles y miles de empleos directos e indirectos que giran alrededor de todas estas actividades taurinas. La ley estipula que el plazo para la prohibición será de tres años una vez sancionada la ley por el presidente de República, tal como lo fue el 22 de Julio del presente año.

En relación con la ley 2385 de 2024 (Prohibición de las prácticas taurinas en el territorio nacional):

En relación con la discusión de este proyecto que fue debatido en cuatro momentos al ser ley ordinaria (dos debates en Senado y dos en Cámara de Representantes) se presentaron muchos vicios de trámite y de fondo como la radicación del proyecto en una comisión constitucional que no debía haber conocido este proyecto, carencia de aval fiscal, no hubo audiencias públicas durante el debate, por lo tanto la participación de los afectados fue nula, proposiciones que se anunciaron pero no fueron votadas, el desconocimiento de los derechos fundamentales amparados de los actores de esta práctica como toreros, subalternos, ganaderos, monosabios, mosos de espada, la no aceptación de ninguna proposición del lado del sector taurino al proyecto de ley, la votación de congresistas que fueron recusados por escándalo de corrupción del gobierno, la falta de precisión para el destino de las reses de lidia, reparación a ganaderos, no existe un censo de las personas que tienen que ver con esta actividad directa o indirectamente para poder acceder a cualquier tipo de reparación, no contemplaba nada acerca de la suerte futura de la gente del toro más allá de arrebatarnos nuestros derechos de profesión/ oficio, cultura, libre empresa, libre desarrollo de la personalidad, libertad, libre asociación, salud, entre otros.

Adicionalmente la ley estipula que al cabo de dos meses, el Ministerio de Cultura y el Ministerio de Ambiente publicaran una normativa transitoria para poder celebrar festejos taurinos mientras se cumple el plazo de tres años para la prohibición. Pues bien, han pasado más de tres meses y no se ha publicado ninguna reglamentación a la fecha.

Por todo lo anterior, obviamente esta ley se encuentra demandada ante la Corte Constitucional por considerarse totalmente arbitraria. Al día de hoy se han radicado seis demandas de las cuales, tan solo una fue inadmitida y un par se tuvieron que subsanar. La corte igualmente ha admitido varios cargos de los anteriormente mencionados como “vicios” de trámite, y debemos esperar a que sea esta entidad la que en honor al buen saber y justicia, decida acerca del cumplimiento o no de los derechos constitucionales que consideramos han sido violados con esta ley.

Adicionalmente, se encuentra en trámite para segundo debate en la Cámara de Representantes el proyecto de ley 122 del 2023, por medio del cual se reglamenta y morigera las prácticas con animales de tradición cultural en el territorio nacional. Este proyecto fue radicado con fundamento en dar precisamente cumplimiento a la sentencia C-666/2010, para morigerar y reglamentar las prácticas y expresiones culturales con animales (toros, gallos, corralejas, coleo y cabalgatas). Estamos los taurinos trabajando mancomunadamente con todas estas otras Expresiones Culturales para que el proyecto de ley salga avante y victorioso. Se estima el segundo debate para antes de diciembre y tenemos hasta junio del próximo año para que sea ley de la república, si todo sale bien. Este proyecto, entre otras cosas, tumbaría toda ley en contra; esto quiere decir, derogaría la ley prohibicionista actual contra la tauromaquia.

Gonzalo Sanz de Santamaría J.

Ganadero de Mondoñedo y director de la Corporación Libertad Cultural de Colombia

Artículo incluido en el libro Diez años de defensa jurídica de la tauromaquia – Artículos de la Fundación del Toro de Lidia 2016 – 2025

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