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viernes, abril 19, 2024

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Fui torero porque mi padre me llevó a los toros

Algunos tratan de que aquel axioma irrefutable y cargado de orgullo de fui futbolista, artesano, cineasta, bailaor, músico o cofrade porque mi padre me llevó de niño a ver tal o cual acto o espectáculo, muera para la tauromaquia con la enmienda legislativa que el partido Podemos ha pretendido introducir, y no ha conseguido, en el Proyecto de Ley Orgánica de Protección de la Infancia y Adolescencia frente a la violencia, estableciendo los 18 años como edad mínima para asistir o participar en espectáculos taurinos con presencia del toro o inscribirse en escuelas taurinas. Quieren sustituirlo por el “No fui Torero (o no fui aficionado) porque Podemos me lo impidió”.

 En realidad, el debate sobre dicho Proyecto de Ley suscita no pocas cuestiones sobre cuál es el alcance que los poderes públicos pueden tener para intervenir en la educación de los hijos, asunto de plena actualidad y que viene precedido por otras controversias pero con un mismo origen como el llamado “pin parental”. Hasta qué punto pueden impedir que un padre introduzca a su hijo en manifestaciones culturales legalmente protegidas en virtud de la supuesta protección de otros valores. Cuál es el límite  entre una digna protección del Estado y la restricción de libertad a los padres para educar a los hijos en su acervo cultural. La prestación de asistencia por parte de los padres a sus hijos menores (de todo orden según el mandato constitucional), incluye también el posibilitar su desarrollo en el entorno físico, social y cultural en el que se desenvuelven, y no es una recomendación sino un deber con consecuencias jurídicas, sin embargo un celoso proteccionismo de los poderes públicos puede impedir un correcto ejercicio de ese deber (también derecho). El exceso o la extralimitación intervencionista pueden convertirse en una potente herramienta adoctrinadora y limitativa de derechos.

Sorprende, en ese sentido, cómo el mismo partido y en relación con el mismo Proyecto de Ley sea tan celoso en la búsqueda de un amparo pericial y científico para con el Síndrome de Alineación Parental (SAP), incluso arbitrando una fiscalización de los medios de protección del menor a través del Observatorio de la infancia y el derecho del menor a ser oído hasta en sus últimas consecuencias incluso en edades infantiles. Sin embargo respecto a la tauromaquia no se tiene en cuenta ni la voluntad del menor ni la de sus padres, en lo que constituye un agravio comparativo evidente a nivel legislativo con otras realidades. Y se hace, además, vulnerando derechos básicos del menor: derecho a su desarrollo personal, al libre pensamiento, derecho al acceso a la cultura, derecho a una educación basada en su arraigo cultural y diverso, y por último el derecho inalienable de los padres a la educación y formación de sus hijos, por supuesto, en libertad.

Vivimos en una montaña rusa de parideras legislativas que no atienden a una demanda social sino a la conveniencia del gestor político, sin doctrina, sin jurisprudencia que las completen, sin dejar que una norma se asiente, se aplique, se discuta y finalmente se enmiende.

Así, asistimos a una inmediatez normativa alejada de una necesaria visión global del tratamiento del menor en el complejo entramado legislativo del ordenamiento jurídico español. Conviene recordar al Sr. Iglesias que un menor de edad tiene capacidad cognitiva y volitiva en el orden civil para otorgar testamento a los 14 años, que a los 16 con dispensa judicial o emancipación voluntaria puede contraer matrimonio renunciando a la patria potestad de los padres y residir solo, así como ejercer la patria potestad sobre sus propios hijos, se es responsable a esa edad para mantener relaciones sexuales consentidas, se posee la mayoría de edad sanitaria para ser informado y prestar consentimiento respecto a decisiones sobre la salud, puede autolesionarse colocándose un piercing sin consentimiento paterno y tiene capacidad para trabajar abandonando estudios. Una mujer puede abortar en este país con 16 años.

Siendo todo eso así ¿puede alegarse de forma coherente que un menor que puede casarse o abortar no tiene capacidad suficiente para decidir si asiste o no a un espectáculo taurino o apuntarse a una escuela taurina?

¿Y qué decir de la responsabilidad de los padres en el reproche civil derivado de la actuación de un menor de edad a su cargo incluso por los delitos cometidos por aquellos? El Estado presume que dentro de las obligaciones parentales está el “no hacerlo bien”, “como debiera un buen padre de familia” y responder de los actos culposos, negligentes o dolosos de los hijos. Mucha carga legal esa en la espalda de los progenitores, lo que contrasta con la pretensión intervencionista sobre los padres, a quienes algunos suponen no ser suficientemente cívicos por mostrar a sus hijos la muerte de un toro.

La regulación legal de la protección de la infancia y adolescencia en relación con la tauromaquia puede hacerse (como pretendía la indicada enmienda) investida de prejuicios y supremacía moral y además aislada del resto del orden jurídico, o, de forma coherente con el resto del ordenamiento jurídico, basada en la diversidad cultural, en el derecho a la cultura, la formación y educación desde la infancia y la libertad educativa de los padres.

Sin acceso del menor a la cultura taurina, la tauromaquia, su patrimonio, su historia, su arraigo popular y legado, comenzará a morir desde su base. Y lo saben muy bien. “Soy aficionado porque mi padre me educó llevándome a los toros” quedará para el recuerdo.

Ya es grave que algunas comunidades autónomas, como Cataluña o Baleares, hayan utilizado la legislación transferida en materia taurina para, de forma dolosa, acabar con las corridas de toros en claro fraude de ley y abuso competencial como declaró con contundencia el Tribunal Constitucional. Ahora se trata de utilizar una enmienda en una Ley Orgánica estatal para anular y prohibir de forma encubierta la gestión trasferida y ya regulada normativamente por las comunidades autónomas. No importa la tradición local, la historia, el patrimonio, las artes, el acervo cultural que de forma plural define a un pueblo, lo que importa es tratar de imponer un solo modo de ver la historia, la cultura, los medios de comunicación y la educación.

Se diría que alguno pretende seguir la consigna de Fernando El Católico en la guerra de Granada: He de arrancar, uno a uno, los granos de esa Granada”. Y que la tauromaquia muera cercada en todos los frentes. Hoy es el toro, mañana…

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